Actualidad
Empresa: medidas legales en tiempo de pandemia
¿Qué medidas legales puede tomar una empresa con sus trabajadores durante la crisis sanitaria actual?
Giulia De Sanctis
8/14/2020 2:59:00 AM
De acuerdo a las nuevas medidas de seguridad y normativas especiales concernientes al Covid-19, adoptadas por el Gobierno Nacional y actualizadas con las nuevas normas y leyes les presento a continuación un resumen de las medidas legales que pueden adoptar las empresas en relación de trabajo con sus colaboradores.
Suspensión de Contratos de Trabajo:
El Decreto Ejecutivo No. 81 de 20 de marzo de 2020 del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral reglamenta la figura de la suspensión de los contratos de trabajo que se origina en el Código de Trabajo (artículo 198 al 208), el cual a la fecha sigue vigente.
El Código de Trabajo señala un período de suspensión máximo de cuatro meses, y dado que la pandemia se ha extendido, se promulgó la nueva Ley 157 de 2020 la cual permite la prorroga de las suspensiones, mes a mes, hasta el 31 de diciembre de 2020.
Reducción de jornadas laborables con reducción salarial:
Mediante Decreto Ejecutivo 101 de 13 de julio de 2020 y el Decreto Ejecutivo 71 de 13 de marzo de 2020 ambos del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, se reglamenta temporalmente los acuerdo de modificación o reducción de jornada laboral, cuyas condiciones son:
1- No se puede modificar la rata por hora pactada en el contrato vigente
2- La disminución máxima permita es del cincuenta por ciento (50%) de las horas de trabajo por mes
3- Límite máximo es el 31 de diciembre de 2020
4- Se debe hacer por escrito, firmado por ambas partes y enviar vía digital al Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, quien lo debe refrendar.
5- Los descuentos y retenciones legales serán ajustados proporcionalmente al salario que se le pague al trabajador.
Teletrabajo o trabajo a disponibilidad:
Con fundamento en la Ley 126 de 2019 y en lo que señala el Decreto Ejecutivo 78 de 16 de marzo de 2020 del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (Mitradel), el empleador podrá hacer uso esta modalidad y combinarla con la disminución de horario. Para la aplicación de una de estas, recomendamos la firma de una adenda al contrato laboral de manera temporal, la cual debe ser enviada a Mitradel, vía digital.
Cuarentena por contagio o riesgo:
En caso de que las autoridades determinen que es requerida una cuarentena, esta será por un término de 14 días y contará cómo incapacidad, siempre y cuando haya certificación del Ministerio de Salud.
Permisos o licencias de trabajo:
El Decreto Ejecutivo No. 78 de 16 de marzo de 2020 señala que en caso que haya trabajadores que tienen derechos a permisos de trabajo, se le puede dar.